El Gobierno tipifica las infracciones por el uso de aeronaves no tripuladas según la normativa europea
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El Gobierno tipifica las infracciones por el uso de aeronaves no tripuladas según la normativa europea

El Consejo de Ministros ha introducido la medida mediante la aprobación del proyecto ley que actualiza la normativa sobre navegación y seguridad aérea
Oscar Puente Consejo Ministros 7 mayo
El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del 7 de mayo. Firma: Moncloa
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El Consejo de Ministros, por iniciativa del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y el Ministerio de Defensa, ha puesto en marcha el proyecto de ley que actualizará la normativa relacionada con la navegación y la seguridad aérea. El objetivo es “lograr un uso más eficiente de los recursos públicos, al eliminar órganos innecesarios y simplificar procedimientos, mediante modificaciones imprescindibles e inaplazables, para reforzar la coherencia de la normativa aeronáutica”.

Entre las medidas recogidas en el texto, que será remitido a las Cortes Generales para su tramitación y aprobación, se incluyen varias referencias al uso de aeronaves no tripuladas a nivel nacional, que apoyarán el impulso del sector de la aviación civil, los mecanismos de flexibilización administrativa propuestos y la proporcionalidad del régimen de sanciones existente.

Modificaciones en la Ley de Seguridad Aérea

Según el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, las modificaciones introducidas en la Ley de Seguridad Aérea “se centran en la simplificación de los procesos administrativos y la actualización del régimen de infracciones”. Para ello, “se modifica el procedimiento para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener y renovar las habilitaciones, para agilizar trámites, reducir plazos y conseguir una utilización más eficiente de los recursos públicos”.

 En el ámbito de los sistemas de aeronaves no tripuladas “se introduce el régimen de infracciones en relación con su utilización, para dar cumplimiento a la normativa europea”. Asimismo, “se establece la obligación del personal que participa en la operación de someterse a las pruebas de alcoholemia y sustancias psicoactivas que les sean requeridas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.

Modificaciones en la Ley sobre Navegación Aérea

En cuanto a las modificaciones de la Ley sobre Navegación Aérea relacionadas con el ámbito de las aeronaves no tripuladas, “se define explícitamente la condición de personal aeronáutico de los pilotos y del personal de apoyo a la operación, imponiéndoles las obligaciones previstas en la Ley de Seguridad Aérea para el personal de vuelo o tierra”.

A nivel general, el texto actualiza también el marco regulador del tráfico aéreo “derogando una serie de preceptos que resultan inaplicables a raíz de la liberalización del transporte aéreo intracomunitario”. También destacan nuevas medidas para “flexibilizar el uso de aeronaves en las actividades de menor riesgo, en particular en la aviación general y deportiva” y la adecuación del régimen aplicable a la navegación aérea militar “estableciendo excepciones con el objetivo de facilitar nuevos desarrollos tecnológicos de la industria militar”. 



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