El Gobierno denegó en 2008 la exportación de bombas racimo por valor de 77,3 millones de euros
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El Gobierno denegó en 2008 la exportación de bombas racimo por valor de 77,3 millones de euros

Bombasracimo
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11/06/2009 (Infodefensa.com) - El Gobierno español denegó el año pasado tres licencias para la exportación de 17.200 bombas de racimo y tecnología para su fabricación a destinos diferentes y por valor conjunto de 77,3 millones de euros, según el informe del Ministerio de Industria.

El documento sobre material de defensa y doble uso consultado por Infodefensa.com no menciona que empresas solicitaron esas licencias pero en España solo existían dos que hayan reconocido fabricar este tipo de productos: la aragonesa Instalaza y la compañía EXPAL, del grupo MAXAM.

El informe de la secretaria de Estado de Comercio explica que dichas operaciones fueron denegadas al haber aprobado el Gobierno español una moratoria unilateral de 11 de julio de 2008 prohibiendo el comercio exterior de este tipo de municiones, lo que parece indicar que estas operaciones se solicitaron después de esa fecha.

Asimismo, se decidió denegar tres operaciones de material de defensa como consecuencia de la aplicación del Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas. Dos denegaciones correspondieron a 1 pistola y 5 rifles al mismo destino por valor de 5.800 euros, en aplicación del criterio 7 de riesgo de desvío, por no ofrecer las suficientes garantías el importador. La tercera denegación correspondió a un acuerdo previo de exportación de 3.000 disparos completos por un valor de 3,9 millones de euros, siendo el criterio aplicado el 4 de situación regional. No se mencionan países.

También se denegó la autorización para la exportación de 300 escopetas de caza y tipo deportivo, "al estar sometido a embargo el país de destino en la exportación de todo tipo de armas y municiones". El informe no revela el nombre del país de destino.

Irán y doble uso

El documento oficial también reconoce que se han delegado algunas licencias de material de doble uso con destino a Irán aunque no es específico al respecto. Explica, no obstante, que las operaciones de exportación relacionadas con este país han sido analizadas caso por caso por la Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU) y la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, teniendo en cuenta la legislación vigente sobre medidas restrictivas contra Irán consistentes en la prohibición del suministro de materiales, equipos, bienes y tecnología relacionados con el desarrollo de programas nuclear y de misiles.

Como consecuencia de lo anterior, el Gobierno afirmó que se ha aplicado la llamada cláusula catch-all a las exportaciones de algunas empresas españolas que tienen por destino Irán. El empleo de la citada cláusula a productos no incluidos en las listas de control ha dado lugar a un considerable incremento de las licencias de exportación, habiéndose aprobado exclusivamente aquellas que no implicaban riesgo alguno de desvío o utilización en programas de proliferación. Dicha sistemática de aplicación minuciosa del control mediante la mencionada cláusula ha incrementado, respecto a años anteriores, las cantidades registradas a Irán, habiéndose denegado las operaciones que no ofrecían suficientes garantías sobre su uso y destino final.

Denegaciones

En el ámbito del doble uso, el año pasado hubo ocho denegaciones y se decidió revocar una vigente. De las ocho denegadas, la primera correspondió a un cromatógrafo por un valor de 21.072 euros. La segunda fue de una máquina fresadora por un importe de 826.311 euros. Las seis restantes correspondieron a diversas cantidades de sustancias químicas por un valor total de 6.410 euros al mismo destino.

En las ocho denegaciones se estimó que existía un riesgo de desvío a la fabricación de armas de destrucción masiva en posibles programas nuclear, de misiles y químico-biológico.

Asimismo, se decidió aplicar la cláusula catch-all en cinco ocasiones correspondientes a posibles envíos de bombas centrífugas, tubos de acero, impulsores, máquinas de medición y repuestos y piezas para máquinas de electroerosión.

La JIMDDU llevó a cabo igualmente una revisión de los casos en los que la mencionada cláusula estaba vigente, acordándose la revocación de ocho de ellos y la modificación parcial de las condiciones impuestas en otros siete, al haber cambiado las circunstancias que motivaron su aplicación.

Se comunicó la renovación de catorce denegaciones de sustancias químicas en el seno del Grupo Australia, otras tres correspondientes a máquinas de cerrado de tubos y a una planta de producción de ácido nítrico al Grupo de Suministradores Nucleares y al Régimen de Control de la Tecnología de Misiles, y finalmente una de máquinas de electroerosión a la Unión Europea.



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