El Consejo de Ministros aprueba la modificación del vigente Reglamento de Armas
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El Consejo de Ministros aprueba la modificación del vigente Reglamento de Armas

Arma COMFUT
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(Infodefensa) Madrid- El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 976/2011 de 8 de julio, por el que se modifica el vigente Reglamento de Armas con la finalidad de incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva comunitaria del 21 de mayo de 2008 en materia de control de la adquisición y tenencia de armas.

Entre las principales modificaciones que se introducen en el Reglamento (aprobado por el Real Decreto 137/1993), está la mejora del procedimiento de inutilización de las armas de fuego de forma que se garantice su irreversibilidad. Antes de este cambio, la inutilización no afectaba a todas las piezas del arma, sino sólo al cañón, de manera que se podían rehabilitar armas inutilizadas para su uso con finalidades ilícitas.

En el ámbito del marcado de las armas de fuego, un código alfanumérico único que permite identificar cada arma, se ha determinado que el marcado se realice en todas las piezas fundamentales que se comercialicen por separado, y no sólo en las armas completamente ensambladas.

Asimismo, se regula la actividad de corretaje de armas de fuego, es decir, de la compra, venta u organización, en territorio español, de actividades relaciones con las armas, sus piezas fundamentales y municiones, negociando o concertando las transacciones comerciales. A los denominados “corredores” se les exigirá la obtención de una autorización previa y que lleven un registro de las armas que sean objeto de su actividad de intermediación en los correspondientes libros.

Por último, la modificación del Reglamento recoge las previsiones de la Directiva comunitaria sobre la Tarjeta Europea de Armas de Fuego, el documento que ampara la tenencia y el uso de armas para la caza y el tiro. En este punto, se fija el carácter intransferible de la tarjeta, así como la ausencia de gravamen a su utilización con tasas o cánones.  

 



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