Venezuela reglamenta la operación de vehículos aéreos no tripulados
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Venezuela reglamenta la operación de vehículos aéreos no tripulados

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El Ministerio del Poder Popular para la Defensa reglamentó la operación de aeronaves controladas a distancia, conocidos también como RPAS, UAV o vehículos aéreos no tripulados, en Venezuela.

A tal efecto, mediante la Resolución 014412, publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.978, de fecha 31 de agosto de 2016, se establecieron los lineamientos y procedimientos que debe efectuar el interesado “para obtener la autorización de vuelo de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS ) conocidos como dron o drone, en el territorio nacional y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela”.

Se instituye en la referida resolución ministerial, que el Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional, a través del Comando de Defensa Aeroespacial Integral (Codai), “con el objeto de garantizar la seguridad, soberanía e integridad del espacio aéreo, será el encargado de efectuar el análisis previo a los trámites correspondientes de las solicitudes para la operación de vuelo de las Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPA)”.

En ese orden, queda determinado que el Comando Estratégico Operacional, por órgano del Codai, “por razones de Seguridad de Estado se reservará la aprobación, denegación, restricción, cambio y cancelación de cualquier autorización de la operación” de las RPA “en todo el territorio nacional y demás espacios geográficos”. Se precisa, además, que la aprobación de las solicitudes para la operación de los drones está sujeta a las regulaciones aeronáuticas vigentes.

En cuanto a la tramitación de la solicitud de operación de las RPA, ésta debe ser presentada en un lapso no menor a las 96 horas de anticipación al tiempo pautado para el inicio de las operaciones ante el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), dependiente del Ministerio del Poder Popular para la Transporte y Obras Públicas, organismo que la remitirá al Codai, el cual tras el análisis correspondiente la podrá aprobar o negar. En caso de ser aprobada la solicitud, ésta tendrá una vigencia de 72 horas a partir del inicio de las operaciones de vuelo.

Foto: Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz



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