Leyes de derribos: Estados Unidos busca soluciones para que Uruguay reciba material
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Leyes de derribos: Estados Unidos busca soluciones para que Uruguay reciba material

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Ministro de Defensa, Javier Garcia durante su reciente visita al Pentagono Foto: Mnisterio de Defensa Nacional.
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Uruguay actualmente se encuentra enfrentado a un problema existencial, por lo menos para su Fuerza Aérea, que se basa en el conflicto que presenta la actual Ley de Derribos, incluída en la Ley de Urgente Consideración, por la cual Estados Unidos está legalmente imposibilitado tanto de facilitar aviones como tecnología que ayuden a un potencial derribo de un avión civil, limitando profundamente las posibilidades de Uruguay de poder reequipar su aviación.   

Esta limitación legal surge con la firma del Acuerdo de Chicago de 1944, ratificado por Uruguay en 1954, donde se establecen específicamente los protocolos para la interceptación de una aeronave no identificada. A esto se agrega a una modificación realizada por la OACI en 1984 y llamada Protocolo de Montreal, donde en el artículo 3 bis se establece el derecho de todo estado a exigir el aterrizaje en un aeropuerto designado, pero siempre absteniéndose de recurrir al uso de armas en contra de aeronaves civiles y que nunca se puede poner su seguridad ni la vida de sus ocupantes en peligro.

En el caso de Uruguay, la Ley de Derribos establece un protocolo de interceptación de aeronaves infractoras, que termina en el caso más severo en el derribo del avión infractor, con la casi certeza de que sus ocupantes no sobrevivan a la situación. Esta ley, además de ser casi inaplicable en la práctica, adicionalmente contraviene los acuerdos ratificados por Uruguay y a su vez, por el mismo motivo, limita a Estados Unidos legalmente a que proporcione los medios para dicha tarea.

Esta situación ha congelado la posibilidad de que cualquier avión de fabricación norteamericana o que posea tecnología de ese país sea transferida a Uruguay, incluyendo básicamente todos los aviones que le interesan a Uruguay.

Soluciones para un problema complejo

Mas allá de estos impedimentos, que no surgen de un tema político o particular con Uruguay, sino de una limitante legal aplicable a todos los países por igual, cabe preguntarse si no hay una estrategia más efectiva que la simple amenaza de derribo. Hoy en día existe tecnología de avanzada que se puede adquirir a precios razonables, permitiendo implementar estrategias enfocadas en detectar, observar y recopilar evidencia para la persecución judicial de los criminales.  

El azote del crimen organizado internacional, del que Uruguay no está exento, no escatima en recursos y para los que la pérdida de una aeronave con una carga de drogas es insignificante para su operación multimillonaria. 

En Centroamérica es común ver aviones de varios millones de dólares de coste abandonados o incendiados tras aterrizar en campos poco preparados, lo que resalta lo poco importante que son los medios para estos criminales. Sin embargo, ellos ven peligrar su negocio cuando se obtiene evidencia judicial con respecto a sus operaciones, sus depósitos son capturados e individuos son detenidos e interrogados para obtener información que conduzca a la detención de los lideres de estas bandas transnacionales.

A esto se suma la provisión de aeronaves de combate polivalentes que sean capaces de responder a todas las amenazas que se presenten, pero con la provisión de que, en los casos de interceptación de aeronaves civiles, no se realizara su derribo sino su escolta y transferencia al siguiente país que corresponda en caso de crucen la frontera.

Esta práctica, que es algo que la Fuerza Aérea Uruguaya ha hecho, permite que se respeten los compromisos asumidos internacionalmente, pero sin sacrificar la soberanía del país, y además adquiriendo medios para obtener evidencia de primer nivel para poder atacar al crimen organizado donde más lo sufren. Para ello simplemente se debería remover de la Ley de Derribos la posibilidad del derribo, para alinearse con el Convenio de Chicago y su posterior modificación en el Protocolo de Montreal.



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