Chacón y Méndez se reservan aprobar precios y costes unitarios en procedimientos negociados o diálogo competitivo
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Chacón y Méndez se reservan aprobar precios y costes unitarios en procedimientos negociados o diálogo competitivo

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31/07/2010 (Infodefensa.com) Madrid - El ministro de Defensa y el secretario de Estado de Defensa, actualmente Carme Chacón y Constantino Méndez, respectivamente , se reversan la potestad de aprobar precios y costes unitarios en contratos que se adjudiquen por procedimiento negociado o diálogo competitivo, en la nueva normativa sobre contratos en el ámbito de Defensa.

El nuevo real decreto de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos en el ámbito del Ministerio de Defensa, aprobado por el Consejo de Ministros, también reserva para el ministro de Defensa y el SEDEF las facultades sobre contrataciones en el extranjero, así como resolver contratos que requieran informe del Consejo de Estado.

También contarán con la capacidad de dictar orden de proceder previa en algunos contratos especiales en razón de la materia o por la elevada cuantía; y establecer modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares para determinadas categorías de contratos.

Según la reseña del Consejo de Ministros, la aprobación de este real decreto responde a los cambios que se han producido desde el año 2001, tanto en la contratación en el sector público, como en la organización y estructura del Ministerio de Defensa y de sus Fuerzas Armadas, que hacían necesaria la adaptación de la vigente organización y estructura de la contratación definida por el Real Decreto de 21 de diciembre de 2001, de desconcentración de facultades en materia de convenios, contratos y acuerdos técnicos en el ámbito de Defensa y por las órdenes ministeriales que lo desarrollan.

Reducción de órganos

De acuerdo con el nuevo Real Decreto, las competencias que la Ley asigna al Ministro y al Secretario de Estado de Defensa en materia de contratación, se desconcentran en un número reducido de órganos:

Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa.Director General de Armamento y Material. Director General de Infraestructura. Director General de Asuntos Económicos. Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra. Inspector General del Ejército de Tierra. Jefe del Apoyo Logístico de la Armada. Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire. Director de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra. Director de Asuntos Económicos de la Armada. Director de Asuntos Económicos del Ejército del Aire.

Estas autoridades, así como los órganos en que las mismas puedan delegar las facultades de contratación, ejercerán tanto las competencias de aprobación del gasto, como las de su compromiso.

El nuevo Real Decreto establece, igualmente, la necesidad de informe previo del Secretario de Estado de Defensa para las propuestas de delegación de facultades que realicen las autoridades con facultades desconcentradas.



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