La Armada mantiene sus competencias en extracciones marítimas
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La Armada mantiene sus competencias en extracciones marítimas

Buceadores de la Armada efectúan una intervención sobre el pecio del galeón Ribadeo. Foto: Armada
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La Armada Española mantiene su tradicional competencia para autorizar operaciones de exploración, rastreo, localización y extracción de buques y bienes hundidos, según establece el nuevo Reglamento de Extracciones Marítimas aprobado por el Consejo de Ministros el pasado martes.

La Armada conserva su autoridad en la materia por su conocimiento del entorno marítimo y por estar dotada de medios adecuados para garantizar la protección de los restos naufragados. De esta forma, seguirá siendo la responsable de la autorización de las operaciones que afectan a los buques de propiedad privada naufragados o hundidos en aguas interiores o mar territorial español. También a los buques que sean del Estado, extendiéndose, en este caso, la competencia a la zona económica exclusiva o alta mar.

Además, cuando se trate de objetos pertenecientes al patrimonio cultural subacuático se requerirá autorización previa conforme a la legislación sobre patrimonio histórico y cultural, para que puedan adoptarse las medidas necesarias para su conservación. Asimismo, cuando las extracciones afecten a material militar sensible para la defensa nacional, o a bienes de comercio restringido, habrá que tenerse en cuenta las normas especiales en cada materia.

El Gobierno detalla que "la materia regulada reviste especial importancia por las múltiples implicaciones que posee. Los buques naufragados o hundidos y sus bienes continúan siendo objeto del derecho de propiedad y su extracción puede conllevar beneficios económicos, además podrían ocasionar un obstáculo para la navegación o la pesca o representar un serio peligro de contaminación marina".

"También puede ocurrir que los bienes sean de comercio prohibido o restringido o incluso puede tratarse de buques de Estado y, en particular de guerra, merecedores de especial protección por las circunstancias en que se perdieron", añade el Ejecutivo.

En el procedimiento que se regula para dar la autorización se adoptan las medidas necesarias para que produzca la menor afectación posible al medio marino, se recoge el derecho de inspección, incluso abordo, por parte de la Armada para garantizar el cumplimiento de la normativa y se prevé la posibilidad de formalizar contratos para la extracción de los restos hundidos o naufragados.



Los comentarios deberán atenerse a las normas de participación. Su incumplimiento podrá ser motivo de expulsión.

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