Brasil publica el decreto presidencial que regula los beneficios fiscales para la industria de Defensa
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Brasil publica el decreto presidencial que regula los beneficios fiscales para la industria de Defensa

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(Infodefensa.com) São Paulo – El decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Unión, regula el Régimen Especial Tributario para la Industria de Defensa (Retid). Creado por la Ley 12.598/2012, que establece mecanismos de fomento de la Base Industrial de Defensa (BID), el régimen diferenciado pretende promover la igualdad tributaria de la cadena productiva de la industria de este sector.

Por las reglas del decreto 8.122/2013 firmado por la presidenta Dilma Rousseff y por los ministros de Defensa, Celso Amorim, y de Hacienda, Guido Mantega, el Retid va a beneficiar con la exención de tributos en las compras o importación de insumos a la Empresa Estratégica de Defensa (EED), las que produzcan o desarrollen bienes de defensa nacional, empresas de piezas, herramientas, componentes y sistemas empleados en el desarrollo de los bienes de Defensa y también establecimientos comerciales que presten servicios en esta área.

El decreto establece el perfil de las empresas que podrán ser acreditadas en el Régimen Especial como aquellas que producen equipos para el Ministerio de Defensa y para las Fuerzas Armadas. Firmas que están en el inicio de actividad y que no se encuadren como productoras en potencial por causa de ingresos o facturación también podrán habilitarse en el programa desde que asuman el compromiso de atender porcentajes mínimos establecidos en el decreto.

Entre los beneficios previstos está la suspensión de la contribución para el Programa de Integración Social y de Formación del Patrimonio del Servidor Público (PIS/PASEP) y de Contribución para la Financiación de la Seguridad Social (COFINS), en el caso de venta para el mercado interno.

En el caso de importación efectuada por la empresa beneficiaria del Retid, también habrá suspensión de la exigencia de la contribución para el PIS/PASEP importación y COFINS-Importación.

Empresas el sector de defensa que se encuadren en el régimen estarán exentas del Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI). El Ministerio de Defensa y la Reserva Federal de Brasil serán responsables de acreditar las empresas que se encuadren en el Régimen Especial y acompañarla regularidad fiscal en relación a los impuestos y contribuciones, respectivamente. La habilitación en la Reserva Federal podrá ser cancelada constatando que la persona jurídica no cumple la regularidad fiscal o tiene la acreditación cancelada en el Ministerio de Defensa.

Link del decreto:

http://pesquisa.in.gov.br/imprensa/jsp/visualiza/index.jsp?data=17/10/2013&jornal=1&pagina=3&totalArquivos=84

rc/avs



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