Se remiten a las Cortes acuerdos sobre seguridad con EEUU y Qatar
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Se remiten a las Cortes acuerdos sobre seguridad con EEUU y Qatar

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(Infodefensa.com) Madrid – El Gobierno de Mariano Rajoy ha aprobado remitir a las Cortes Generales dos acuerdos internacionales. El primero con Estados Unidos sobre Cooperación Científica y Tecnológica de interés para la Seguridad Nacional y el segundo, con Qatar en materia de cooperación de Seguridad.

Según la reseña pública, el Consejo de Ministros dio luz verte a remitir a las Cortes el acuerdo entre España y EEUU sobre Cooperación Científica y Tecnológica de interés para la Seguridad Nacional cuya firma fue autorizada el 24 de junio de 2011. El anterior gabinete ordenó su envío a las Cortes el pasado 19 de agosto pero su tramitación parlamentaria decayó por la disolución de las Cámaras.

Dicho Acuerdo responde a la necesidad de identificar las amenazas y preparar respuestas en el ámbito de la seguridad y se basa en el desarrollo de normas técnicas, procedimientos operativos y metodologías adecuadas. La interdependencia cada vez mayor entre los países y la existencia de peligros emergentes derivados de incidencias de tipo químico, biológico, radiológico y nuclear provocados por el hombre o por la propia naturaleza hacen necesaria la colaboración en la protección de infraestructuras críticas y recursos esenciales.

Según el gobierno español, el acuerdo tiene un indudable interés para los dos países por el potencial que supone el trabajo conjunto en proyectos de innovación y desarrollo para mejorar la seguridad en sus respectivos ámbitos de actuación.

Se pretende, además, involucrar al sector privado, organizaciones públicas e instituciones académicas para la generación de soluciones que reduzcan vulnerabilidades y faciliten la respuesta a incidentes críticos así como la recuperación de los posibles efectos que pueda sufrir la población

Aspectos más importantes

El acuerdo con EEUU regula los aspectos más importantes que interesan en el ámbito de la cooperación científica y tecnológica. En concreto, establece un marco para fomentar, desarrollar y facilitar la actividad de cooperación bilateral en ciencia y tecnología y en otros ámbitos científicos y tecnológicos relacionados con la seguridad nacional/civil, que puedan contribuir a la innovación, y a reforzar capacidades de la seguridad nacional/civil como las siguientes: conocimiento, prevención y detección de amenazas, riesgos e indicadores en materia de seguridad nacional/civil; respuesta a los mismos; promoción y desarrollo de la seguridad en el transporte; protección de infraestructuras estratégicas/recursos clave y respuesta a las crisis; gestión de sus consecuencias y mitigación de los acontecimientos de gran repercusión.

En el acuerdo se establecen las definiciones de los términos esenciales contenidos en el mismo y se especifican los medios para alcanzar los objetivos, los agentes ejecutivos encargados de su aplicación, el ámbito y detalle de la actividad de cooperación así como los proyectos, y el papel de los participantes en los mismos.

Acuerdo con Qatar

El acuerdo con el Estado de Qatar fue aprobado el pasado 22 de julio de 2011 pero su tramitación parlamentara decayó igualmente por la disolución de las Cámaras.

En este caso, el acuerdo responde a la necesidad de reforzar la colaboración con Qatar en el ámbito de la lucha contra la delincuencia, especialmente en sus formas organizadas, y a la voluntad del Gobierno de incrementar la cooperación policial con los países más afectados por el fenómeno.

El acuerdo regula los aspectos más importantes que interesan en el ámbito de la cooperación en la lucha contra la delincuencia. Son especialmente relevantes la referencia específica al terrorismo como forma de criminalidad, la colaboración y cooperación en la actividad operativo-investigadora de las distintas modalidades delictivas, así como el intercambio de información respecto a la comisión de un gran número de delitos que responden a las necesidades planteadas en este ámbito.

Se establecen las condiciones para proceder al intercambio de información entre los dos países, asegurando en particular la protección de datos de carácter personal. Cabe destacar, además, la garantía en la protección de la información confidencial en virtud de las respectivas legislaciones nacionales.



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