El Tribunal Supremo de Venezuela admite a trámite la demanda contra Raytheon Marine por incumplimiento de contrato
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El Tribunal Supremo de Venezuela admite a trámite la demanda contra Raytheon Marine por incumplimiento de contrato

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17/05/2009 (Infodefensa.com) Caracas - El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) admitió la demanda interpuesta el 5 de marzo por abogados de Diques y Astilleros Nacionales, C.A. (Dianca), contra la sociedad Raytheon Marine por incumplimiento del contrato N 038-04.

La información se conoció el pasado 22 de abril a través del portal del TSJ, donde además se detalla que el referido contrato fue suscrito para el suministro de materiales, la ejecución de reparaciones, el mantenimiento general, la prestación de asistencia técnica y la realización de adiestramiento para el mantenimiento mayor de los submarinos Arbv Sábalo (S-31) y Arbv Caribe (S-32), de la Armada venezolana

Entre otros aspectos, el Juzgado de Sustanciación revisó las causales de inadmisibilidad, contenidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para poder dar lugar a la demanda.

Dada la admisión de la petición que hizo la empresa Dianca, el Juzgado de Sustanciación ordenó emplazar a la sociedad mercantil Raytheon Marine Gmbh, en la persona de su representante legal Francisco Olleros Enríquez, para que comparezca dentro de un lapso de 20 días, y así dar continuidad al proceso de demanda, según la información que se detalla en el documento.

Sobre la solicitud de que se decrete medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de la Raytheon, hasta cubrir el doble de la suma demandada, más las costas que a bien tenga estimar prudencialmente el Tribunal - de conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil - se acordó abrir el respectivo cuaderno de medidas, considerando que no corresponde a este juzgado pronunciarse sobre su procedencia.

Finalmente --y según se expresa en el documento-- se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República, siguiendo con los pasos previstos para este tipo de casos. Una vez que conste en autos esta notificación, la causa quedará suspendida, a tenor de lo dispuesto en la normativa de la Ley Orgánica de la Procuraduría, remitiéndole a dicha instancia copia certificada de la solicitud, de la decisión y demás documentos vinculados al caso presentado por la empresa Dianca.

Para acceder a la sentencia completa descargue el documento adjunto:



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