Chile establece un nuevo sistema ante desastres con atribuciones de Defensa
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Chile establece un nuevo sistema ante desastres con atribuciones de Defensa

Helicópteros de la FACh y el Ejército brindan ayuda ante un aluvión en el sur el año 2017. Foto: Ejército de Chile
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El presidente de la República de Chile, Sebastián Piñera, promulgó el 27 de julio la ley que establece el nuevo Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Sinapred).

Este nuevo sistema reconoce e incorpora todos los avances y desarrollos que se han logrado en función de las buenas prácticas y lecciones aprendidas de la ex Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (Onemi).

El Sinapred busca alcanzar estándares de excelencia en la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD), centrados en la prevención y territorialidad. La ley se encuentra conformada por 52 artículos, y siete artículos transitorios y que, en lo medular, modifica la forma en que el Estado de Chile se hace cargo de la GRD a través de normas, principios, políticas, planes, instrumentos y procedimientos que deben garantizar la adecuada gestión.

Un rol fundamental

En relación a la iniciativa, que tuvo más de diez años de tramitación en el Congreso, el presidente Piñera señaló que: “Nos propusimos cambiar la institucionalidad, crear una nueva institución que tuviera más atribuciones, más facultades, más poderes y más potencia para prevenir, enfrentar y recuperarnos cuando la adversidad quisiera nuevamente mostrarnos su rostro”.

Por su parte, el ministro de Defensa Nacional, Baldo Prokurica, resaltó las atribuciones y funciones que establece la nueva normativa respecto al sector y a las Fuerzas Armadas de Chile, confirmando el importante rol que históricamente han tenido los uniformados en la ayuda ante las emergencias.

“En la nueva ley se potencian, por ejemplo, las atribuciones del Estado Mayor Conjunto, que será el encargado de definir y distribuir los medios militares que se necesiten para ayudar a la población”, explicó el ministro. También destacó la incorporación de la red de radioaficionados de Chile al Sistema Nacional de Comunicaciones.

Política Nacional de Emergencia

Respecto a las funciones que debe cumplir la Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas, la nueva normativa entrega responsabilidades a cinco actores del sector: al ministro de Defensa Nacional, al jefe del Estado Mayor Conjunto, autoridades militares designadas, Fuerzas Armadas y al jefe de la Defensa Nacional.

Respecto al ministro de Defensa, este integrará el Comité Nacional, coordina y ejecuta la Política Nacional de Emergencia y el Plan Estratégico Nacional en lo que respecta al sector, al tiempo que elabora los planes y protocolos de la participación coordinada de todos los elementos (terrestres, navales y aéreos) de las Fuerzas Armadas en el ciclo de riesgo. El jefe de Estado Mayor Conjunto también integra el Comité Nacional como miembro permanente, presta asesoría militar, coordina y dirige las actividades de apoyo de las Fuerzas Armadas en todas las fases.

El nuevo sistema integrado se centra principalmente en la prevención, alerta temprana, descentralización y territorialidad. Para ello crea una Política Nacional de Emergencia que deberá ser actualizada y ratificada cada cinco años; fortalece la coordinación institucional con un enfoque intersectorial; crea nuevos instrumentos de gestión a nivel nacional, regional y comunal para combatir estas emergencias y, define claramente el rol de las Fuerzas Armadas en el sistema, entre otros temas.

Próximos pasos

Los próximos pasos luego de la promulgación son: La proposición de un Decreto de Fuerza de Ley en un plazo de un año, que dentro de otras materias fija la estructura y funcionamiento de la planta del Servicio, la fecha en que inicia su funcionamiento y la supresión de la ONEMI y regula las materias de traspaso.

También, en el plazo de un año, se debe proponer los reglamentos que establen la ley con relación al funcionamiento de los comités parta la GRD; funcionamiento de los organismos técnicos; elaboración de los mapas de amenaza y mapas de riesgo y, en coordinación con el Ministerio de Hacienda, la forma de operar el programa para concurrir en el financiamiento de los instrumentos de la GRD.

Además se debe establecer las brechas existentes conforme a lo que establece la ley en relación con la planificación, el Sistema de Información y el Sistema de Alerta Temprana (Sistema Nacional de Comunicaciones), como también, regular las materias que tienen incidencia inmediata promulgada la ley.



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