El Isfas recibe autorización para el concierto de asistencia sanitaria 2018-2019
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El Isfas recibe autorización para el concierto de asistencia sanitaria 2018-2019

Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Foto: Ministerio de Defensa
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El Instituto Social de las Fuerzas Armadasm (Isfas) ha recibido la autorización del Consejo de Ministros para celebrar un concierto con entidades de seguro para la prestación de asistencia sanitaria a titulares y demás beneficiarios del mismo durante los años 2018 y 2019 con un valor estimados de 971.699.447 euros. El Gobierno además ha aprobado modificar los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la firma de concierto.

El concierto entrará en vigor el 1 de enero de 2018 y se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2019 y, si la entidad concertada no suscribiera un nuevo concierto para 2020, continuará hasta el 31 de enero de ese mismo año.

El Ejecutivo detalla en una reseña que "las contingencias cubiertas por el concierto son las derivadas de enfermedad común o profesional, lesiones derivadas de accidente, cualquiera que sea la causa, incluso si se trata de un acto de terrorismo; y por embarazo, parto y puerperio, así como las actuaciones preventivas recogidas en el mismo".

Alcance del concierto

El colectivo protegido por el concierto está compuesto por los titulares y beneficiarios a quienes el Isfas haya reconocido dicha condición y los haya adscrito a la entidad. También podrán incluirse en el colectivo protegido por el concierto, y tendrán la consideración de beneficiarios del mismo, los alumnos militares extranjeros, acogidos a programas de cooperación con otros países en materia de enseñanza, que sean adscritos a la entidad por el Isfas.

El Ejecutivo explica además que "el derecho a la utilización de los medios de la entidad podrá ejercitarse en todo el territorio nacional, con independencia de que los mismos sean propios, concertados o subconcertados".

La cartera de servicios objeto del concierto se estructura en las siguientes prestaciones: atención primaria; atención especializada; atención de urgencias; cuidados paliativos; salud bucodental; transporte sanitario; prestación farmacéutica y con productos dietéticos; y otras prestaciones como oxigenoterapia y terapias respiratorias; prestación ortoprotésica; programas preventivos y podología.

El precio se establecerá mediante una prima o cuota mensual por cada persona, diferenciada en función de la edad.



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