El Constitucional de Costa Rica respalda el uso de armas por vigilantes privados
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El Constitucional de Costa Rica respalda el uso de armas por vigilantes privados

Foto se respalda uso de armas en seguridad privada de CR AL
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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica respaldó el uso de armas para los vigilantes privados. En específico, la resolución brindó la potestad al Ministerio de Seguridad Pública costarricense para regular el uso de armas de fuego en las funciones de Seguridad Privada.

El fallo dio la razón a una demanda que impugnaba un acuerdo de dicho ministerio que prohibía el uso de armamento por parte de la Seguridad Privada.

Según la resolución, se “ha sostenido de manera consistente que no existe un derecho de rango constitucional a la portación y tenencia de armas de fuego, sino de un derecho meramente legal, que es susceptible de ser regulado por el Estado”.

“Es una actividad (el uso de armas) que por sí es susceptible de ocasionar daños a terceros, motivo por el cual el Estado se encuentra facultado para emitir una regulación sobre la inscripción y permisos de uso de estos dispositivos en forme legítima”, agrega la decisión constitucional.

En ese sentido, los requisitos impuestos en dicho acuerdo (de Seguridad Pública) no son arbitrarios ni suponen la prohibición para el uso de armas de fuego en los servicios de Seguridad Privada, sino que se enmarca dentro de las facultades de control.

Además, “a partir de la vigencia de esta disposición, la Dirección de Servicios de Seguridad Privados y el Departamento de Control de Armas y Explosivos únicamente autorizarán el uso de armas de fuego calificadas como permitidas de conformidad con el artículo 20 de la Ley de Armas y Explosivos, en las modalidades de custodia y transporte de valores, custodia y transporte de mercancías, así como protección de personas (guardaespaldas)”.

En el caso del uso de armas de fuego en personas físicas y jurídicas interesadas en continuar brindando servicios de seguridad privados, con oficiales armados en las modalidades no contempladas, deberán justificar de forma técnica y razonada ante dichas direcciones se Seguridad Pública.

Foto: Grupo VMA de Costa Rica



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