El Ministerio del Interior de Perú anula la compra de chalecos a Armory Supply
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El Ministerio del Interior de Perú anula la compra de chalecos a Armory Supply

Selección de chalecos de Militaria. Foto: Militaria E.I.R.L.
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El Ministerio del Interior del Perú ha declarado de oficio la nulidad de la adjudicación de la Licitación Pública Nº 011-2019-IN-OGAF-OAB que busca adquirir un lote de chalecos protectores antimotines para la Policía Nacional del Perú (PNP). El proceso de selección es parte del proceso de implementación del Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Código SNIP Nº 292189. Al convocarse el proceso, el 27 de agosto de 2019, el valor referencial ascendía a 5.874.000 soles, equivalente en la actualidad a 1,65 millones de dólares.

Según indica el Ministerio del Interior, el motivo para la anulación es el haber comprobado inexactitud en la carta del fabricante del producto que fue presentada dentro de la oferta del consorcio Armory Supply S.A.C. e Industrias Hofei S.A.C.

Como consecuencia de la anulación, el proceso de selección se retrotrae hasta la etapa de evaluación y calificación de ofertas.

El proceso

El 2 de marzo de 2020, el Comité de Selección le adjudicó la buena pro al postor Jadar S.R.L. por un valor de 5.576.775 soles, equivalente a 1,56 millones de dólares. El 18 de junio siguiente la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior emitió un acta de pérdida automática de la buena pro en la que el postor Jadar S.R.L. pierde la adjudicación al no haber firmado el contrato correspondiente por motivos que la entidad le atribuyó a la empresa postora.

Mediante la Carta Nº 000230-2020/IN/OGAF/OAB, de fecha 23 de junio de 2020, la Oficina de Abastecimiento le requiere al postor Consorcio Armory Supply S.A.C. – Industrias Hofei S.A.C. que presente los requerimientos pertinentes para la firma del contrato de compra-venta de los chalecos protectores antimotines.

Al revisar el expediente del proceso de selección, dan cuenta que el consorcio había presentado una carta del fabricante de fecha 11 de febrero de 2020 en la que se indica la marca del producto como Industria Militar del Perú S.A.C. Al requerir confirmación de la autenticidad de dicha carta, reciben respuesta de la empresa Militaria E.I.R.L. en la que se confirma la validez de la carta pero señalan que por error involuntario se indicó la marca indicada, una empresa del grupo empresarial que también forma parte Militaria E.I.R.L.

Para la Oficina de Abastecimiento, el error involuntario hace que la carta del fabricante sea inexacta, motivo por el cual corresponde declarar la nulidad de oficio. La nulidad se ha concretado el 5 de agosto con la Resolución Ministerial Nº 685-2020-IN.



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