La reforma laboral rebaja sustancialmente las indemnizaciones de empresas estatales
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La reforma laboral rebaja sustancialmente las indemnizaciones de empresas estatales

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(Infodefensa.com) Madrid – El decreto ley para la reforma del mercado laboral incluye una disposición adicional centrada en los contratos mercantiles y de alta dirección del sector público y reduce sustancialmente las indemnizaciones para sus directivos. Esto puede afectar a empresas relacionadas con Defensa como Navantia o ISDEFE.

La nueva legislación establece que cuando la Administración despida a ejecutivos de las empresas públicas estos solo tendrán derecho a cobrar una indemnización “no superior a siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico”, con un máximo de seis mensualidades, informa el diario El País.

La nueva regulación afectará a todos los organismos autónomos dependientes de la Administración  General del Estado, las entidades públicas empresariales, dependientes de la Administración General del Estado, o de cualquiera otros organismos públicos vinculados o dependientes de ella; las sociedades mercantiles estatales, las fundaciones del sector público estatal y a los consorcios dotados de personalidad jurídica dependientes de la Administraciones Públicas.

Sin complementos ni variable

La disposición octava establece que el cálculo de indemnizaciones se hará teniendo en cuenta la retribución fija anual en metálico que el momento del despido estuviese cobrando el directivo en cuestión. A la hora de establecer la indemnización, sin embargo, no se tendrán en cuenta los incentivos o complementos variables que tuvieran estos trabajadores.

Aparte del recorte de la indemnización, el decreto ley también incluye el carácter retroactivo, lo que implica que se aplicará a los contratos mercantiles o de alta dirección celebrados con anterioridad a su entrada en vigor, cuyo contenido deberá ser adaptado a los términos establecidos en el decreto ley en el plazo de dos meses.

“Las indemnizaciones por extinción del contrato, cualquiera que fuera la fecha de su celebración se regirán por esta disposición”, reza el texto. La reforma deja en papel mojado cualquier blindaje: “Serán nulas de pleno derecho las cláusulas de los contratos a que se refiere la presente disposición que se opongan a lo establecido en la misma”.

Nuevos contratos a la Abogacía del Estado

El Gobierno del PP también establece que no tendrán derecho a indemnización alguna los directivos que sean despedidos y que tengan la condición de funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las entidades locales.

El despido de los directivos de empresas públicas deberá ser comunicado por escrito, con un plazo máximo de antelación de 15 días naturales. “En caso de incumplimiento del preaviso mencionado, la entidad deberá indemnizar con una cuantía equivalente a la retribución correspondiente al periodo de preaviso incumplido”.

Además, la nueva legislación en materia laboral señala que los contratos que se hagan para dirigir empresas públicas deberán someterse, antes de formalizarse, al informe previo de la Abogacía del Estado.

Adjunto el texto completo del real decreto sobre reforma laboral



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