Perú anula la compra de uniformes camuflados por un error en la adjudicación
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Perú anula la compra de uniformes camuflados por un error en la adjudicación

En primer plano, policías en uniforme camuflado. Foto: Ministerio del Interior del Perú
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El Ministerio del Interior ha declarado de oficio la nulidad la Licitación Pública N° 001-2020-IN-OGAF-OAB para la compra de uniformes digitalizados camuflados para operaciones especiales de la Policía Nacional del Perú.

Según reportó Infodefensa, la compañía Corporación Industrial Independencia S.A.C. se había adjudicado un contrato de 980.000 soles, unos 278.480 dólares, para el suministro de 3.000 camisacos, 6.000 polos, 3.000 gorros y 3.000 sombreros. Todas las prendas de vestir se solicitan con un patrón digital de camuflaje de siete colores. El plazo de entrega máximo es de 90 días calendario.

El comité de selección llevó a cabo las actividades de admisión, evaluación y calificación de ofertas el 23 de junio. En la oferta de la empresa Inversiones San Benito de Palermo E.I.R.L., el comité de selección consideró que no se logró acreditar 3.000.000 soles en ventas de bienes iguales o similares al requerido en los últimos ocho años porque la venta de prendas civiles o deportivas al Ejército del Perú no se considera venta de producto similar. Por tal motivo se le adjudicó la buena pro a Corporación Industrial Independencia.

Las bases integradas del proceso de selección consideran productos similares al objeto de la convocatoria a uniformes policiales, uniformes militares y prendas militares. Según indica el Ministerio del Interior, para descartar las prendas comerciales o deportivas adquiridas por el Ejército como productos no similares, el comité de selección habría recurrido al reglamento del instituto armado, cuando son las bases integradas el documento rector del proceso de selección, agregando que en otras evaluaciones no se ha seguido el mismo procedimiento, por lo que el tratamiento a Inversiones San Benito de Palermo puede ser considerado discriminatorio, contrario al principio de igualdad.

En base al sustento indicado, la Oficina de Abastecimiento del Ministerio del Interior emitió un informe en el que recomienda declarar la nulidad de oficio del proceso de selección al haber incurrido en error el comité de selección al no haber aplicado un mismo criterio en la etapa de calificación de ofertas. Tal opinión cuenta con el visto bueno de la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Secretaría General del Ministerio del Interior.

Subsecuentemente, el Ministerio del Interior declaró nulo de oficio el proceso de selección y determina retrotraerlo hasta la etapa de evaluación y calificación de ofertas.



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