Defensa actualiza los modelos-tipo de los pliegos de cláusulas administrativas de los contratos
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Defensa actualiza los modelos-tipo de los pliegos de cláusulas administrativas de los contratos

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(Infodefensas.com) Madrid – El Ministerio de Defensa ha actualizado los modelos-tipo de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) que tienen que regir la contratación de obras, suministros y servicios con el fin de adaptarlos a la nueva normativa en materia de contratación.

Según se señala en la Orden Ministerial 29/2013, de 8 de mayo, la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad, ha motivado la necesidad de adaptar los modelos-tipo de los PCAP vigentes -aprobados por la Orden Ministerial 40/2004- a las “novedades sustanciales” que la mencionada normativa ha introducido en el ámbito contractual.

Así, el artículo 316 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece que los ministros y los secretarios de Estado son los órganos de contratación de la Administración General del Estado y, en consecuencia, están facultados para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su competencia. Asimismo, el artículo 115.4 del mencionado cuerpo legal preceptúa que el órgano de contratación podrá establecer modelos tipo de pliegos particulares para determinadas categorías de contratos de naturaleza análoga.

Dentro del ámbito del Ministerio de Defensa, las facultades de contratación se encuentran desconcentradas a través del Real Decreto 1053/2010, modificado por el Real Decreto 1675/2011, reservándose, en su artículo 4.2.2, el ministro y el secretario de Estado de Defensa, en el ámbito de sus competencias, la facultad de establecer modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Teniendo en cuenta esto, la nueva O.M. 29/2013 –en vigor desde hoy 17 de mayo– recoge los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que serán de aplicación, con carácter general, a los contratos celebrados en el ámbito del Ministerio de Defensa cuyo objeto directo, conjunto o separadamente, sea la ejecución de obras, la realización de suministros o la prestación de servicios, con la excepción de los contratos privados definidos en el artículo 20 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Dichos pliegos pueden consultarse en la intranet del Ministerio de Defensa, dentro del apartado de asuntos económicos-contratación, y en su página de internet, en el apartado de servicios.

Según recoge el artículo 2 de la Orden Ministerial, en aquellos supuestos en que las singularidades de una determinada contratación alteren sustancialmente el contenido del pliego tipo, deberá remitirse la correspondiente propuesta de variación al servicio jurídico competente para que, con carácter previo a la aprobación de aquel, emita su preceptivo informe.



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