Los contratos de Telefónica con Defensa obligan a Saudi Telecom a recibir autorización del Gobierno
EDICIÓN
| INFODRON | INFOESPACIAL | MUNDOMILITAR | TV
Defensa >

Los contratos de Telefónica con Defensa obligan a Saudi Telecom a recibir autorización del Gobierno

La compañía árabe ha anunciado la compra del 9,9% del capital social de la operadora española
Telefonica defensa contratos
Sede de Telefónica en Madrid. Foto: Telefónica
|

La irrupción de la Saudi Telecom (STC) en Telefónica ha provocado un terremoto en el sector español de las telecomunicaciones. La compañía árabe ha anunciado por sorpresa la compra del 9,9% de las acciones del operador español, una operación que convertirá a STC en el primer accionista de Telefónica.  

No obstante, la adquisición todavía debe pasar por el Consejo de Ministros. Por dos motivos. Por un lado, Telefónica es una compañía estratégica para España con una estrecha relación con el Ministerio de Defensa y, por otro, la inversión de STC supera el umbral del 5%.  

El Gobierno aprobó hace apenas un mes y medio un real decreto que viene a reforzar el control sobre las inversiones extranjeras en empresas españolas con actividades relacionadas directamente con la defensa nacional.  

Este es el caso de Telefónica que solo este año ha cerrado contratos con el Ministerio de Defensa por un importe superior a los 150 millones de euros, buena parte de ellos relacionados con la implantación del 5G, una tecnología muy sensible que aspira a tener un papel clave en el futuro de las operaciones militares.  

Saudi Telecom ha anunciado en concreto la compra directamente en el mercado del 4,9% del capital social de la operadora española y de instrumentos financieros que confieren una exposición económica sobre otro 5% del capital. STC obtendrá los derechos de voto correspondientes a ese 5% mediante la liquidación física de los referidos instrumentos financieros tras la obtención de las autorizaciones regulatorias necesarias. 

La nueva regulación establece que si la compañía extranjera quiere adquirir más de 5% del capital de una empresa española del sector de la defensa es necesaria la autorización del Consejo de Ministros, tras un informe favorable del Ministerio de Defensa.  

Aunque fija una excepción. No será necesaria autorización si el inversor alcanza entre el 5 y el 10 por ciento del capital social, siempre que notifique la operación a la Dirección General de Armamento y Material y a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones y “acompañe dicha notificación de un documento en el que se comprometa fehacientemente en escritura pública a no utilizar, ejercer ni ceder a terceros sus derechos de voto, ni a formar parte de cualesquiera órganos de administración de la sociedad cotizada”. 

El vicepresidente de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, ha afirmado este martes que “Telefónica es evidentemente una empresa estratégica para nuestro país y desde el Gobierno aplicaremos todos los mecanismos que sean necesarios, teniendo siempre en mente y de forma prioritaria la defensa de los intereses estratégicos de España", según informa Efe. 

STC ha aclarado que la operación es “una gran oportunidad de inversión que nos permite utilizar nuestro sólido balance y mantener al mismo tiempo nuestra atractiva política de dividendos”, descartando hacerse con el control o con una participación mayoritaria en Telefónica.  

Pasos a seguir

Las solicitudes de autorización se dirigirán al titular de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa y su resolución corresponderá al Consejo de Ministros a propuesta de la persona titular del Ministerio de Defensa y previo informe de la Junta de Inversiones Exteriores. 

El real decreto añade: “En aquellos casos en que la inversión exterior, por su naturaleza, características o importe de la operación, no afecte a los intereses esenciales de la defensa, podrá ser autorizada por la persona titular de la Dirección General de Armamento y Material, previo informe de la Junta de Inversiones Exteriores”. El plazo máximo para resolver la solicitud y notificar la resolución al interesado será de tres meses. 

La norma establece tres grupos principales de empresas estratégicas, en los que se requerirá de autorización previa independientemente del domicilio del comprador. En primer lugar, las telecomunicaciones, la inteligencia artificial, la robótica, los semiconductores, la ciberseguridad, las tecnologías aeroespaciales, de defensa, de almacenamiento de energía, cuántica y nuclear, así como las nanotecnologías y biotecnologías. 

En segundo, materiales avanzados y nanotecnología, fotónica, microelectrónica y nanoelectrónica, tecnologías de las ciencias de la vida, sistemas avanzados de fabricación y transformación, inteligencia artificial, seguridad digital y conectividad. Y el tercero, tecnologías desarrolladas al amparo de programas y proyectos de particular interés para España comprenden las que implican una cantidad o un porcentaje sustancial de financiación con cargo al presupuesto de la Unión Europea o de España. 




Los comentarios deberán atenerse a las normas de participación. Su incumplimiento podrá ser motivo de expulsión.

Recomendamos


Lo más visto