Metal Shark fabricará dos lanchas de interdicción para la MGP
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Metal Shark fabricará dos lanchas de interdicción para la MGP

Lancha de interdicción marítima 45 Defiant. Foto: Metal Shark Boats
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La empresa Metal Shark Boats será finalmente la encargada de construir dos lanchas de interdicción para la Marina de Guerra del Perú (MGP). Inusitadamente complicada ha sido la travesía administrativa para la compra de dos lanchas rápidas de interdicción marítima para la MGP. Ha involucrado hasta la Comandancia General de la Marina.

En segunda convocatoria y a un tercer postor Gravois Aluminum Boats LLC – Metal Shark se ha adjudicado la buena pro para tal fin, y de no mediar alguna otra medida, o recurso de apelación, la adjudicación ha quedado finalmente firme. La adjudicación, la tercera en este complicado proceso de selección, tuvo lugar el 5 de diciembre de 2018, pactando el costo de las dos lanchas en un valor de 3.486.268 dólares.

El último recurso de apelación resuelto del que Infodefensa ha tenido conocimiento fue presentado el 17 de diciembre de 2018 y fue resuelto el 24 de enero de 2019. La propuesta del consorcio Posco Daewoo Corporation Woonam Marine Craft Co. Ltd.

En la primera convocatoria, iniciada a mediados de mayo del año pasado, la MGP termina adjudicando la buena pro a la empresa Baltic Workboats el 20 de julio de 2018. El valor de la adjudicación ascendió a 2.780.000 dólares. Baltic Workboats, con residencia fiscal en Estonia, remitió una carta fechada 6 de septiembre en la que afirmó que le era imposible asistir a la firma del contrato. Al día siguiente, la Dirección de Contrataciones de Material (Dircomat) de la MGP le respondió por escrito que se dejaba sin efecto la buena pro.

La primera convocatoria fue subsecuentemente declarada desierta.

Vuelta a empezar

La segunda convocatoria fue convocada el 26 de septiembre siguiente. Tras el proceso de evaluación de propuestas, el 31 de octubre se adjudicó la buena pro al Consorcio Aerospace Logistic UK DivisionNautic Africa Ltd. El valor pactado entonces por las dos lanchas ascendía a 2.618.000 dólares. La empresa sudafricana Paramount Group tiene la propiedad en mayoría de Nautic Africa.

Se esperaba que ahí termine el proceso y que la adjudicación quedará firme, sin embargo, no fue así. El proceso de selección fue declarado de oficio nulo a través de la Resolución de la Comandancia General de la Marina N° 602-2018, la cual tiene fecha 30 de noviembre de 2018.

La mencionada resolución se sustentó en el Oficio L.1000-2602 de la Dircomat, con fecha 13 de noviembre de 2018, en el que se declara nulo de oficio el proceso. La Dircomat sostuvo que la propuesta del postor Aerospace Logistic UK Division – Nautic Africa no cumplía con los requerimientos técnicos mínimos de las bases integradas.

Las razones aludidas eran que las lanchas no incluyen barandas de seguridad en proa para proteger al artillero y personal que por ahí transita, que el afuste del arma (base giratoria y soporte) no permite el fácil acceso y operación de la misma, y que la empresa no ha podido acreditar que la lancha ofrecida no es un prototipo.

En el oficio se indica además que la lancha del postor Marine Alutech AB tiene el afuste del arma en la superestructura en lugar de tenerlo en proa. Se procede a declarar nulo el proceso y retrotraerlo a la etapa de evaluación de propuestas.

Con carta fechada el 20 de noviembre, el Consorcio Aerospace Logistic – Paramount Group/Nautic Africa intenta rebatir los puntos en contra y sostiene que ha cumplido con ofertar barandas en popa, cabina/caseta y proa, base para el RCSW y afuste en proa, señalados en los planos técnicos proporcionados. Agrega que no se solicitaron barandas/pasamanos para el artillero, ni distancias específicas entre el afuste y cabina u otro obstáculo.

Así las cosas, se retrotrae el proceso y se procede a evaluar propuestas y el 5 de diciembre se le adjudicó a Metal Shark Boats el contrato respectivo.

Finalmente, el recurso de apelación de Posco Daewoo Corporation – Woonam Marine Craft, presentado a mediados de diciembre pasado, fue definido por la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas mediante la Resolución Jefatural N° 007-ACFFAA, con fecha 24 de enero de 2019.

La Acffaa declaró fundando en parte el recurso de apelación pero confirmó la buena pro otorgada a Metal Shark Boats.



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